La Junta de Andalucía ha aprobado, mediante el Decreto-ley nº 7/ 2021, de 27 de abril, una reducción del gravamen del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, fijando así un tipo general del 7 %. El principal objetivo es dar impulso a la reactivación de la economía de la Comunidad Autónoma de Andalucía, ante la situación de crisis generada por la pandemia del coronavirus (Covid-19), y que repercuta en la compraventa de viviendas entre particulares durante este año 2021, ya que hay que tener en cuenta que esta reducción fiscal tiene vigencia hasta el próximo mes de diciembre.
En concreto, se reduce el tipo de gravamen general aplicable a la transmisión de inmuebles y a la constitución y cesión de derechos reales sobre los mismos, excepto los de garantía, pasando desde los tipos del 8%, 9% y 10% a un único tipo general del 7%.
Por ejemplo, en relación con la reducción del tipo de gravamen del ITPO, para la compraventa de una vivienda entre particulares por valor de 250.000 euros, la cuota a pagar por el impuesto de transmisiones es actualmente de 20.000 euros, mientras que, con la rebaja aprobada, se pagarán 17.500 euros, es decir, 2.500 euros menos.
Asimismo, se reduce el tipo de gravamen general, en la modalidad de Actos Jurídicos Documentados, para los documentos notariales, pasando desde el tipo de gravamen del 1,5% al tipo de gravamen del 1,2%.
Por poner otro ejemplo en relación con esta reducción en los Actos Jurídicos Documentados, para los documentos notariales (escritura pública), en una transmisión de una vivienda nueva valorada en 250.000 euros, tributaría con la normativa en vigor (Decreto legislativo 1/2018) a un tipo general del 1,5%, lo que daría como resultado una cuota tributaria de 3.750 euros. Con la rebaja a un tipo general del 1,2%, la cuota tributaria es de 3.000 euros, lo que representa un ahorro de 750 euros.
Para finalizar citamos textualmente la exposición de motivos del Decreto Ley citado, con el que se pretende conseguir un doble objetivo: “El primero, impulsar y reactivar el sector inmobiliario gravemente afectado por la crisis. En efecto, el año 2020 cerró con una caída en el total de viviendas vendidas en Andalucía de aproximadamente el 17%, de acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística, y un fuerte descenso en los precios, especialmente de la vivienda usada, tendencia que, de acuerdo con las previsiones de distintos expertos y organismos especializados, continuará en 2021, con una caída de precios de la vivienda usada en el entorno del 5%, aunque con un ligero repunte en el total de viviendas vendidas, mientras los precios de la obra nueva, en cambio, se mantendrán relativamente estables, debido principalmente a la exigua oferta disponible en el mercado.
Ante dicha perspectiva, con la medida que se adopta se pretende, de un lado, estimular la demanda de viviendas usadas, con un sustancial abaratamiento de la tributación de su adquisición, y, de otro, tratar de incentivar la oferta de obra nueva a precios más asequibles, mediante la reducción de los costes fiscales asociados a los distintos actos inherentes al proceso constructivo, gravados por la modalidad de Actos Jurídicos Documentados, documentos notariales, del impuesto, coadyuvando todo ello a reducir la brecha existente entre el precio de la vivienda usada y la nueva.
El segundo objetivo que se persigue con esta medida es el de aliviar de manera considerable la carga fiscal en su acceso a la vivienda para la ciudadanía que, previsiblemente, va a sufrir los efectos más severos de la crisis económica derivada de la pandemia.”
La Junta de Andalucía adopta este decreto ley en continuidad con las medidas urgentes aprobadas, para paliar la situación de crisis generada por el Covid. En particular, en el ámbito tributario para mitigar el posible impacto del escenario económico de contención sobre la economía andaluza.